Localidad de Caimanes en la IV Región, afectada por Minera los Pelambres

Enviado por Javier Becerra E. el 13/11/2007 a las 11:14 AM
Javier Becerra E.

El Comité de Agua Potable Rural de Caimanes ubicado en la localidad del mismo nombre de la comuna de Los Vilos, IV Región, ha mantenido en los últimos años una férrea defensa por sus derechos de aguas, que se encuentran legalmente constituidos, (2,5 lts/seg, ampliados a 8 lts/seg recientemente). Con esta cantidad de agua, extraída del estero Pupío, abastecen a una población cercana a las 1.200 personas de la comunidad de Caimanes. La comunidad de la zona está en alerta por todo el daño que pudiere causarles la cuprífera Los Pelambres con los futuros relaves, debido a la intervención del cauce de este estero y que en forma inmediata se refleja en una baja de niveles.

 

Hace semanas el diario electrónico El Mostrador, así informaba sobre esta situación:

 

Tribunal Latinoamericano del Agua apunta a relaves de tranque El Mauro

 

La instancia ética dispuesta por organizaciones ciudadanas, responsabilizó a Minera Los Pelambres de "la destrucción del sistema hídrico natural y de un ecosistema único".

 

El Tribunal Latinoamericano del Agua emitió un veredicto responsabilizando a la compañía Minera Los Pelambres de "la destrucción del sistema hídrico natural y de un ecosistema único" por la construcción del tranque El Mauro para 1700 millones de toneladas de relaves en la comuna de Los Vilos de la Región de Coquimbo.

 

Paralelamente, censuró a la minera del Grupo Luksic "por haber continuado los trabajos a pesar de una decisión judicial que anula la autorización", en relación con el fallo de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que en noviembre de 2006 anuló el permiso ambiental otorgado anteriormente por la Dirección General de Aguas (DGA), a causa de que la firma no acredita derechos de aprovechamiento de agua y no asegura que los recursos hídricos permanecerán libres de contaminación por metales pesados y relaves mineros.

 

El caso, pronto a ser fallado en Chile por la Corte Suprema, fue presentado en Guadalajara por organizaciones ecologistas chilenas y por vecinos afectados de Caimanes.

 

Sara Larraín, directora del Programa Chile Sustentable, opina que la minera "buscó sustituir ficticiamente el derecho de los regantes locales sobre una fuente natural y segura -el Estero Pupío, que es destruido con este proyecto-, a cambio del suministro de un tranque de cola, dependiente de la pluviometría anual en una zona de lluvia escasa y donde el agua se extrae de napas subterráneas, amenazadas hoy por metales pesados".

 

El tribunal, una instancia ética dispuesta por organizaciones ciudadanas que en el pasado revisó controversias por la instalación de hidroeléctricas en Chile, censuró además "a las autoridades gubernamentales por la falta de compromiso en el cumplimiento de sus obligaciones y por sus acciones contradictorias, siempre en perjuicio de la vida, la salud y la naturaleza; por no acatar un fallo judicial que prohíbe la construcción del tranque de relaves que quedaría con millones de toneladas de residuos tóxicos a perpetuidad". Esta censura a la autoridad se justifica en que la DGA ha defendido ante la justicia y junto a la empresa el permiso ambiental.

 

En tercer término, el fallo manda "exhortar a Minera Los pelambres y los organismos gubernamentales pertinentes la cancelación inmediata y definitiva de las obras de construcción del tranque El Mauro por los daños presentes y futuros".

 

La entidad, es un organismo cuyas resoluciones no son vinculantes para la partes involucradas, por lo que no cuentan con validez jurídica. Daño patrimonial.

 

En cuanto a recomendaciones, la sentencia emitida este jueves 11 de octubre pide "ejecutar una evaluación independiente y participativa, financiada por la empresa, respecto al grado y reversibilidad del daño causado al sistema hídrico natural y a la población afectada; elaborar y ejecutar por parte del Estado de Chile y con la participación de las comunidades afectadas, un plan de reparación integral de los daños, de tal manera que el fundo recupere en la medida de lo posible su estado original, costeado por la empresa".

 


Finalmente, demanda "indemnizar, por parte de la empresa y eventualmente el Estado, los daños ecológicos, perjuicios a la población y a los sitios arqueológicos", en este último caso, debido a que el denominado Proyecto Integral de Desarrollo significó la remoción de más de un centenar de sitios patrimoniales de origen diaguita, incaico y molle, con data superior a los dos milenios.

 

Fuente: www.elmostrador.cl

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